MAPA | Las 41 zonas básicas de salud de la Comunidad de Madrid en las que no se podrá entrar ni salir sin justificación a partir de este lunes

Fátima Caballero/eldiario.es

¿Cuáles son las áreas afectadas por las restricciones en Madrid?

Fuente: Comunidad de Madrid

A partir del lunes, estarán restringidas las salidas y entradas no motivadas en 41 zonas básicas de salud. El Gobierno regional mantiene las 35 áreas sanitarias que ya tenían restricciones y amplía el cierre a otras seis.

En concreto, se confinan ocho municipios: Chinchón y Villaconejos, de la zona básica de Colmenar de Oreja; San Martín de Valdeiglesias y Pelayos de la Presa, de la zona básica de San Martín de Valdeiglesias; los municipios de Moralzarzal, Alpedrete y Galapagar; y las zonas básicas de Sierra de Guadarrama y Collado Villalba Estación, en el municipio de Collado Villalba, que queda confinado perimetralmente en su totalidad.

Además, la Comunidad de Madrid mantiene dos semanas más las restricciones en las 32 zonas que se cerraron el pasado 26 de octubre. Estas son: en la ciudad de Madrid: Núñez Morgado en el distrito de Chamartín; Guzmán el Bueno en el distrito de Chamberí; San Andrés, San Cristóbal y el Espinilleras, del distrito de Villaverde; Entrevías, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaira, Rafael Alberti y Numancia, en el distrito de Puente de Vallecas; Daroca, en Ciudad Lineal; Vinateros-Torito, Pavones y Vandel., en el distrito de Moratalaz; Puerta del Ángel, en Latina; Virgen de Begoña, del distrito de Fuencarral y Mercedes y Villamil, en Tetuán.

Las zonas básicas de salud de los otros municipios afectados son: Collado Villalba Pueblo (Collado Villalba), Guadarrama (Guadarrama); Majadahonda (Majadahonda), San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón); San Blas y Pintores (Parla); Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo). También las zonas básicas de Morata de Tajuña (Morata de Tajuña); Las Fronteras y Brújulas (Torrejón de Ardoz).

En la zona básica de Manzanares el Real, que afecta a distintos municipios, se establecen las restricciones solo en El Boalo; en la de Villarejo de Salvanés, que también incluye distintas localidades, las medidas son solo para el municipio de Villarejo de Salvanés; e igualmente en la zona básica de salud de Colmenar de Oreja, con varios municipios, las limitaciones se aplican a Colmenar de Oreja.

Se mantienen también una semana más las restricciones en las áreas afectadas son la de Valle de la Oliva en Majadahonda, y las de Barrio del Puerto y Doctor Tamames en el municipio de Coslada.

Medidas

Se restringe la entrada y salida a partir del lunes en estas nuevas áreas, aunque se permitirá la circulación de personas residentes dentro de estos ámbitos territoriales «siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva». Los ciudadanos también podrán salir del perímetro por desplazamientos que cuenten con una justificación como la asistencia sanitaria, cumplimiento obligaciones laborales, asistencia a centros docentes y educativos, retorno a residencia habitual, cuidar a personas mayores y dependientes discapacidad o vulnerables. También se permite abandonar esta sección sanitaria para desplazarse a entidades financieras, acudir a citaciones urgentes en órganos judiciales, renovar permisos oficiales, presentarse a exámenes oficiales inaplazables o argumentar motivos de causa mayor, así como situación de necesidad.

Respecto a los lugares de culto, el aforo no podrá superar el tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados. En estas zonas, los aforos y horarios de actividad se mantienen como en el resto de la región: cierre de hostelería a las 00 horas y la prohibición de que las personas se reúnan en el ámbito público y privado desde la medianoche hasta las seis de la mañana. Una de las medidas más polémicas es la suspensión temporal de la actividad de los parques infantiles de uso público.

En toda la Comunidad de Madrid, en virtud del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, de Estado de alarma, y del Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Comunidad de Madrid, se ha establecido además la limitación de movimiento entre las 00.00 horas y las 06.00 horas, salvo por causa justificada, y el cierre de toda actividad de hostelería en la misma franja horaria. Asimismo, las reuniones sociales o familiares están limitadas a seis personas en cualquier franja horaria, salvo convivientes.